Ayudas del Ministerio para proyectos innovadores de almacenamiento energético

Beneficiarios

Personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas que tengas su domicilio fiscal en España, que cumplan con lo establecido en los artículos 4 y 5 de las bases reguladoras.

Actuaciones Apoyables

Proyectos innovadores de almacenamiento energético que contemplen la realización de alguna de las actuaciones siguientes, conforme los requisitos que se establecen en las bases reguladoras y la convocatoria adjunta:

  1. a)Proyectos de almacenamiento de energía independientes “stand alone” conectados a las redes de transporte o distribución de energía eléctrica vinculados o no a consumos eléctricos. Potencia mínima 1 MW.
  2. b)Proyectos de almacenamiento mediante bombeo hidroeléctrico (nuevos y sobre infraestructuras existentes). Potencia mínima 1 MW.
  3. c)Proyectos de almacenamiento térmico independientes:

o   Almacenamiento de energía eléctrica para suministros de energía eléctrica, denominados «power to power (P2P)»,

o   Almacenamiento de energía eléctrica para suministro de energía térmica, denominados «power to heat (P2H)»

o   Almacenamientos térmicos para generación de energía eléctrica, denominados «heat to power (H2P)».

  1. d)Proyectos de almacenamiento hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables, existentes o nuevas. Pudiendo incorporar cualquiera de las tecnologías de los apartados a) y b). Potencia mínima de 1 MW.

El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones será de 36 meses desde la fecha de notificación de la resolución favorable, que no podrán exceder del 30 de septiembre de 2029 (incluidas sus posibles prórrogas).

Gastos subvencionables

Gastos de obra civil e instalaciones, equipos y sistemas auxiliares, activos inmateriales, transporte y montaje, proyecto de ejecución, dirección facultativa de obra, seguridad y salud, gestión de la solicitud y justificación de la ayuda, informe de auditor, y gastos de comunicación, con los máximos establecidos en el Anexo III de la convocatoria adjunta.

Ayuda

La intensidad de las ayudas es de porcentajes variables según las diferentes CCAA, conforme el Anexo IV de la convocatoria adjunta. En el caso de la Comunitat Valenciana, la intensidad máxima ayuda es del 60% de los gastos subvencionables.

Se podrá conceder un anticipo de como máximo el importe de la ayuda total concedida, que se considerará como pago a cuenta.

Solicitud y plazo

La presentación de solicitudes se podrá realizar hasta el 15 de julio de 2025 (14:00 hrs.), a través del trámite de la sede electrónica del IDAE.

En la solicitud se deberá presentar el depósito de una garantía económica, por la cuantía del 2 % de la ayuda solicitada.

Más información

–          Página web del IDAE: https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/proyectos-innovadores-de-almacenamiento-energetico-feder-21-27

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