Convocatoria de las ayudas al impulso a la internacionalización de PYMES exportadoras de la CV

Convocatoria de las ayudas al impulso a la internacionalización de PYMES exportadoras de la CV

Se ha publicado en el DOGV la Resolución de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se convocan las ayudas al impulso a la internacionalización de PYMES exportadoras de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2024 (DOGV Num. 9836, 25/04/2024).

El objeto de la convocatoria es impulsar la internacionalización de las PYMES exportadoras de la Comunitat Valenciana y la promoción de sus servicios (bienes y/o servicios) en el exterior, así como contribuir a la realización de acciones promocionales que permitan incrementar y consolidar la presencia en los mercados internacionales.

A continuación se extractan los aspectos más relevantes de la convocatoria desde el punto de vista empresarial.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las ayudas PYMES, con personalidad jurídica propia y con domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana que reúnan los siguientes requisitos:

  • Menos de 250 trabajadores.
  • Volumen de negocios anual menor a 50 millones de euros o balance general anual menor de 43 millones de euros.
  • Contar con productos (bienes y/o servicios) propios.

Se excluyen expresamente las empresas que ofrecen servicios de distribución y/o intermediación, excepto en el caso de que formen parte de un grupo empresarial.

Acciones y gastos subvencionables

Las establecidas en los apartados que se detallan a continuación y se desarrollen entre el 1 de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2024:

  1. Participación en certámenes y ferias internacionales.
  2. Gastos de alojamiento, desplazamiento y derivados de la realización de pruebas PCR, u otras pruebas de diagnóstico para el covid-19 obligatorias para asistencia a ferias, showrooms, congresos o similares.
  3. Gastos relacionados directamente con acciones de Marketing para la ejecución del plan de promoción internacional, detallados en una memoria, con un máximo de 30.000 euros.
  4. Servicios relacionados con el registro de marca y vigilancia fuera de España.
  5. Servicios relacionados con el proceso de certificación, homologación y registro necesarios para la comercialización internacional.
  6. Adaptación de la página web al mercado internacional con un máximo de 30.000 euros.
  7. Gastos por nueva contratación del personal cualificado, contratado para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa (con los requisitos establecidos en el artículo 5.7 de la convocatoria).
  8. Otros servicios y gastos directamente relacionados con acciones de promoción internacional, realizadas para la captación y/o consolidación de clientela en el extranjero.
  9. Derivado del conflicto del Mar Rojo, gastos no corrientes e imprevisibles, asumidos por la empresa como gastos extras de ocupaciones y estadía en puertos, gastos por cancelaciones de despacho, gastos de movimiento de contenedores y remoción en las terminales. Fecha posterior al 1 de noviembre de 2023.

No tendrán la consideración de subvencionables los servicios de establecimiento y explotación de redes de distribución, gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora, gastos de transporte y gastos de consultoría.

Importe de la ayuda (artículo 12)

Las ayudas previstas podrán alcanzar como máximo el 50 % del coste (IVA excluido) de los gastos especificados como subvencionables, con un límite de 100.000 € en el total del presupuesto máximo por cada empresa.

Régimen de ayudas aplicable (artículo 20)

Las ayudas que se concedan lo serán en el marco del Reglamento de la UE 2837/2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

En todo caso, el importe no podrá suponer que el importe total de las ayudas de minimis que reciba la empresa durante cualquier periodo de tres años sea superior al límite de 300.000 euros.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar solicitudes es del 6 de mayo hasta el 21 de junio de 2024. La tramitación de solicitudes se realizará de manera telemática, a través del siguiente enlace de la GVA. Sólo se podrá presentar una solicitud por entidad.

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