Convocatoria de subvenciones para apoyar la estrategia y acción internacional de las pymes de la CV – IVACE – Ejercicio 2024

Convocatoria de subvenciones para apoyar la estrategia y acción internacional de las pymes de la CV – IVACE – Ejercicio 2024

Se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2024, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan subvenciones para apoyar la estrategia y acción internacional de las pymes de la Comunitat Valenciana con cargo al presupuesto del ejercicio 2024, con financiación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (DOGV núm. 9834, 23/04/2024).

La finalidad de la convocatoria es la concesión de subvenciones a las pymes de la Comunitat Valenciana para la mejora de la gestión de la internacionalización a través de procesos de consultoría especializada, incluido el servicio de apoyo o acompañamiento por parte de expertos en cualquier fase del proceso de internacionalización. La cantidad global máxima destinada a esta convocatoria es de 3.000.000 euros, distribuidos en un primer tramo de 2.000.000 euros y un segundo tramo de 1.000.000 euros.

A continuación se extractan los aspectos más relevantes de la misma desde el punto de vista empresarial.

Empresas beneficiarias (artículo 2)

Pymes (según lo definido en el artículo 2 de la convocatoria) con sede social en la Comunitat Valenciana.

Quedan excluidas aquellas que desarrollen actividades financieras y de seguros, y actividades inmobiliarias (secciones K y L de la clasificación CNAE 2009, respectivamente), así como las dedicadas a la producción primaria, transformación y/o comercialización de productos agrícolas y productos de la pesca y acuicultura.

Las obligaciones de las empresas beneficiarias pueden ser consultadas en el artículo 9 de la resolución.

Actuaciones y costes subvencionables (artículo 3)

  1. Gastos subvencionablesgastos externos de consultoría estratégica dirigidos a mejorar la gestión de la internacionalización de la empresa y su posición competitiva internacional, así como los costes externos de acompañamiento en estos procesos. Los servicios de internacionalización cuyos costes podrán ser subvencionados (siempre que estén prestados por consultoras especializadas) son los siguientes:

–          Consultoría estratégica para la definición o revisión de la estrategia exportadora.

–          Consultoría estratégica sobre digitalización de la actividad internacional, marketing digital y canales online de comercialización en el exterior, inteligencia artificial aplicada a la internacionalización, etc.

–          Consultoría estratégica sobre compra pública internacional.

–          Consultoría estratégica para el crecimiento sostenible de la actividad internacional.

–          Consultoría estratégica dirigida al diseño, desarrollo y posicionamiento de la marca en los mercados internacionales.

–          Consultoría estratégica para la expansión en mercados exteriores.

–          Consultoría estratégica sobre cualquier otro aspecto especializado de la internacionalización, como la financiación internacional, logística, etc.

–          Servicios de apoyo y acompañamiento por parte de expertos en cualquier fase del proceso de internacionalización.

  1. Gastos no subvencionables:

–          Servicios de intermediación en mercados exteriores.

–          Servicios para el establecimiento y explotación de redes de distribución en el extranjero.

–          Contratos de agencia, representación o actuaciones similares vinculadas a la actividad comercial de la empresa.

–          En general, quedan excluidos todos aquellos gastos que no estén claramente definidos o que no tengan por finalidad directa la consecución de los objetivos de la convocatoria.

El proyecto no podrá haber finalizado antes de la fecha de solicitud de la ayuda.

Previamente a la contratación de un gasto igual o superior a 15.000 euros (IVA excluido), con el mismo proveedor, la empresa beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes empresas proveedoras.

Los proyectos objeto de subvención deberán iniciarse entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.

Característica y cuantía de la ayuda (artículo 4)

Las ayudas, concedidas en forma de subvención, podrán alcanzar hasta el 90 % de los costes subvencionables, sin que en ningún caso sobrepase el importe de 40.000 euros.

Compatibilidad con otras ayudas

–          Los costes asociados a los proyectos subvencionados no podrán recibir ayudas de otras convocatorias del IVACE u otra Administración (artículo 3).

–          La ayuda está sujeta al régimen de minimis, lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no podrá ser superior a 300.000 euros, calculados entre la fecha de la concesión de la subvención y los tres años anteriores. (artículo 4).

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Solo se admitirá la presentación de una solicitud por empresa solicitante, si bien podrá contener petición de subvención para varias modalidades de consultoría especializada.

Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través de la web del IVACE. Se abren dos periodos para la presentación de solicitudes:

–          Primer periodo: desde mañana, 24 de abril de 2024, hasta el 31 de mayo de 2024 (ambos inclusive).

–          Segundo periodo: desde el 1 de junio de 2024 hasta el 13 de septiembre de 2024 (ambos inclusive).

 

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